El alto tribunal concluyó que esta negativa vulneraba tanto el derecho a la libre circulación y libre residencia en el territorio de los Estados miembros como el derecho al respeto de la vida privada y familiar.
Los dos hombres en cuestión contrajeron matrimonio en Berlín en 2018 y, al regresar a Polonia, solicitaron el registro de su certificado de matrimonio. Las autoridades polacas se negaron, ya que el país no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo. Un tribunal polaco decidió entonces remitir el caso al Tribunal de Justicia de la UE.
Los abogados de la pareja calificaron la sentencia de "histórica" y prevén que el máximo tribunal administrativo de Polonia tenga que reconocer ahora el certificado de matrimonio expedido por las autoridades alemanas.
El Tribunal de Justicia de la UE enfatizó que, si bien los Estados miembros no están obligados a aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo en su normativa nacional, tampoco pueden dar un trato diferente a los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados legalmente en otro país de la Unión, por ejemplo, cuando sus ciudadanos regresan a su Estado de origen.
Aunque el gobierno polaco trabaja actualmente en una ley para reconocer las uniones civiles, la ampliación de los derechos LGTB+ sigue enfrentándose a una fuerte resistencia política. Tanto el socio conservador de la coalición gubernamental como el presidente de la república, Karol Nawrocki, han manifestado previamente su oposición al reconocimiento legal del matrimonio igualitario.













